Hacia la verdadera libertad de expresión

Para poder hablar de ella debemos dirigirnos al principio, cuando surge y como se define. Debemos ir, por tanto, al artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que expone que: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y de recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.”.

 

Dada esta definición, CUALQUIER persona debería de poder opinar y expresar CUALQUIER idea que tuviera. Pero la realidad es muy diferente. Todos podemos opinar, si, dentro de nuestro pensamiento, en el interior de esa habitación donde habita nuestra conciencia, somos libres de pensar cualquier cosa. Pero es cuando queremos sacar al exterior ese pensamiento cuando la libertad desaparece.

No es raro que en alguna conversación en la cual decimos algo que está en desacuerdo con lo que la otra persona piensa, esa persona critique tu manera de pensar, limitando así este derecho. Y mucho menos raro es cuando intentas difundir tus ideas por medio de alguna plataforma, física o virtual, donde poder llegar a un mayor número de personas. En este caso, si tus ideas se adaptan al pensamiento común, a lo políticamente correcto, no hay ningún problema, podrás ejercer tu derecho. Pero ¿y si tus ideas son contrarias a lo políticamente correcto?

 

Si tus ideas son incorrectas para el pensamiento común de la sociedad, si cuestionan cualquiera de los principios o hechos considerados como verdades universales, entonces tu derecho de libertad de expresión desaparece. Te verás criticado, censurado, y hasta odiado por la masa social.

 

Entonces, ¿Solo existe este derecho cuando opinas conforme a lo establecido socialmente? Tristemente, si. La libertad de expresión solo existe si la idea que quieres opinar o difundir no se opone a lo considerado como políticamente correcto. Por tanto, volviendo a la definición del artículo 19 (DUDH), la libertad de expresión no existe.

 

¿Y si existiera?

 

En el caso de que ese derecho se cumpliera, CUALQUIER persona podría opinar y difundir CUALQUIER idea. Independientemente de que esa idea moleste, o no, a cierta persona o cierto colectivo. Podríamos, por ello, decir todo lo que pensamos, criticar cualquier cosa que no nos gustara o con la que estuviéramos en desacuerdo, pero también se podría aplaudir los crímenes del comunismo, las bombas de ETA o apoyar el imperialismo yankee.

 

Todo ello sería válido y respetado, podrías expresar tus creencias aunque otros nos ofendamos. Todo tipo de ideas, locas o no, tendrían cabida en la sociedad. Pero llegaría un momento en que el anarquismo del pensamiento terminaría por corromper la estructura de la sociedad; siendo éste el único destino posible de existir la libertad de expresión.

 

Entonces, ¿No podemos pensar libremente?

 

La libertad de expresión debería de existir, y es necesario que exista, pero con ciertas limitaciones. Ahora bien, ¿Qué limitaciones tendría? ¿Quién dictaría esas limitaciones? ¿Yo? En base a lo que para mi es correcto. ¿Tu? Basándote en tu propia opinión. ¿O dejaríamos que las dictara él? No habría una respuesta válida a estas preguntas, ya que con cualquier opción que escojamos volveríamos al problema inicial. Lo único que cambiaría serían las ideas consideradas como políticamente correctas pasando a ser, éstas, las de quien estuviera en el Poder en ese momento, como pasa en la actualidad.

 

Aún así, debe de haber un punto medio donde pueda existir el derecho de libertad de expresión de forma real y sin esa característica del todo vale. Punto medio que, para alivio de todos, lo hay.

 

La correcta libertad de expresión sería aquella que, una vez establecida, solo se viera limitada por una serie de características basadas en unos principios que aseguren el correcto ejercicio de este derecho.

 

Estos principios deben ser tres:

 

-Principio de buena fe: consistente en actuar de forma honrada y por convicción.

 

-Principio de veracidad: Este derecho no debe incluir la libertad para mentir o difundir calumnias o manipulaciones. Alguien puede decir que “cree” u “opina” algo que resulta ser mentira y sería legítimo. Pero alguien que asegura que esa mentira es verdad, debería de probarlo con pruebas que lo demuestren, faltando a la verdad si no lo consiguiese.

 

En este principio, el verdadero problema sería diferenciar una equivocación o simple error de una mentira intencionada.

 

-Principio de ofensa y daño: El ejercicio de la libertad de expresión debe consistir en evitar daños y en la prevención de ofensas graves hacia otras personas. Debiéndose tener en cuenta ciertos factores al aplicar este principio, como pueden ser: el alcance y duración, los motivos, la facilidad con que se pudiera evitar, la intensidad de la ofensa o el interés general de la sociedad.

 

En conclusión, podemos decir que lo que actualmente es considerado como libertad de expresión es una gran mentira, ya que no permite el libre ejercicio del propio derecho, que está censurado por medio de una serie de limitaciones impuestas por poderes a los que solo importan sus propios intereses.

 

Sin embargo, hay luz al final del túnel, y es nuestro deber como personas libres el de fomentar una correcta libertad de expresión que, regida por estos principios, consiga hacer realidad el artículo 19 (DUDH) por el que CUALQUIER persona puede opinar y difundir CUALQUIER idea u opinión.

 

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